Por Ricardo Aragón Pérez / [email protected]
Hermosillo, Sonora, 8 de octubre de 2024
La semana pasada, el viernes para ser preciso, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, publicó en su cuenta de X lo siguiente: “El día de hoy 4 de octubre se celebran 200 años de la promulgación de la Constitución de 1824 y es también el aniversario de la creación de la Armada de México. Estuvimos en el Heroico puerto de Veracruz acompañando a la Marina Armada de México en este aniversario y celebrando la primera Constitución del México independiente”.
Hay muy buenas razones para conmemorar el aniversario 200 de la Constitución de 1824, como bien lo hizo nuestra presidenta, ya que fue la primera de su género que entró en vigor con el albor del México independiente. Fue promulgada el 4 octubre del año referido, cuando el país apenas había conseguido emanciparse de España. Entonces era imperativo reafirmar su soberanía, cuidar particularmente la religión católica, establecer un gobierno antimonárquico, dividido en tres poderes, cuyos titulares debían jurar ante Dios Todopoderosos, antes de ejercer los respectivos cargos, velar por la independencia, libertad y soberanía territorial, además de la prosperidad y “gloria” de la nación mexicana, todo lo cual estipulaba la Carta Magna primigenia.
Se trata de una Constitución pionera, de avanzada, en la que no sólo estableció un sistema gubernamental representativo, electo por voto comicial, sino también reconoció importantes derechos civiles, entre ellos la libertad de pensar, escribir y publicar ideas políticas, “sin necesidad de licencia, revisión o aprobación anterior a la publicación”, aunque en materia religiosa persistía una intolerancia extrema; la libertad de credo estaba legalmente prohibida, cuya vigencia se extendió poco más de 30 años, hasta su derogación formal con la Constitución liberal de 1857, que estableció la libertad de credo y conservó incólume el espíritu republicano, federalista, popular y soberano, preceptos que hasta la fecha persisten en la Constitución de 1917, heredera de la revolución mexicana.
Recordar la Constitución de 1824, obliga traer a la memoria tiempos turbulentos de su época, en que los hechos de armas, la polarización social y rispidez de los bloques políticos eran el pan de cada día. A meses de conseguir la independencia, un bando castrense, con tufo monárquico, se hizo del poder a la mala y, con el consentimiento de algunos civiles iturbidistas, proclamaron emperador a Agustín de Iturbide, pero fue más lo que duró su ostentosa ceremonia de coronación, que lo que sostuvo el trono en su poder; opositores republicanos, con armas en manos, lo obligaron a dimitir y restablecer el Congreso, que había disuelto meses antes.
En noviembre de 1823, se reanudaron las sesiones legislativas, con una camada dominante de diputados republicanos, entre ellos Miguel Ramos Arizpe, un político de carrara consolidada y alto perfil parlamentario, quien presentó a sus homólogos, en calidad de presidente de la Comisión de Constitución, el proyecto de Acta Constitutiva de la Federación. Tras medio año de debates, por fin se votó y aprobó con 114 votos, cuyos diputados acordaron su promulgación, con fecha 4 de octubre de 1824, y 21 días después se hizo de conocimiento público bajo el título de Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos.
En su numeral uno, estipuló: “La Nación Mexicana es para siempre libre e independiente del gobierno español y de cualquier otra potencia”. Más adelante, en su artículo tercero, prescribió que la religión del país “es y será perpetuamente la católica”, por lo que se prohibía profesar cualquier otro credo religioso. Tanto peso tenía la religión católica, que los altos funcionarios de Estado debían jurar “por Dios y los Santos Evangelios” ejercer fielmente sus puestos, así como guardar y hacer guardar los preceptos constitucionales.
El artículo 50 reglamentó la educación pública, que entonces era prácticamente una ficción, facultó al Congreso de la Unión de su propagación, mediante el establecimiento de colegios militares y de ingenieros, con programas para enseñar prioritariamente ciencias naturales y exactas, además de humanidades, artes y lenguas. El mismo artículo, reconoció el derecho exclusivo de autores “por sus respectivas obras”, ya escolares o de consulta, por lo que el gobierno no podía imprimirlas ni distribuirlas por cuenta propia.
En sintonía con el federalismo en boga, que reconocía a los estados como soberanos, se dejó en poder de los gobernantes locales la política educativa, difusión y financiamiento de escuelas públicas, como se lee en el artículo 50, cuyo contenido era de observancia obligada, pero “sin perjudicar la libertad que tienen las legislaturas para el arreglo de la educación pública en sus respectivos estados”.
Finalmente, cabe saludar la celebración del aniversario número 200 de la Constitución de 1824, que marcó el inicio de la historia de las constituciones mexicanas. Su valor y conocimiento son de suma trascendencia, tanto que en ella se encuentra el origen de rasgos políticos y jurídicos esenciales, que hoy por hoy hacen de nuestra patria un nación progresista y humanista ejemplar, tal como la anhelaron miles de mujeres y hombres precursores, que dieron hasta la vida por su independencia, libertad, soberanía y gloria nacional.